BASES "PROMOCIÓN SEMANA SANTA 2020"
PRODUCTOS DEL CAFÉ S.A.U.1, para promocionar los productos comercializados bajo la marca SANTA CRISTINA, (en adelante SANTA CRISTINA), realizará una promoción denominada “Promoción Semana Santa 2020” en adelante, la “Promoción” que se regirá por las siguientes bases
1ª. Objeto de la promoción.-
Incentivar el consumo de productos de Cafés SANTA CRISTINA, ofreciendo premios a los consumidores que acrediten su fidelidad a la compra de los mismos.
2ª. Productos participantes en la promoción.-
Podrán participar en la promoción los consumidores que adquieran paquetes de Cafés SANTA CRISTINA, de las variedades de café molido natural y descafeinado de formato 250gr o de café en grano de formato de 500gr.
3ª. Duración de la promoción.-
La promoción “Promoción Semana Santa 2020” comenzará el día 6 de enero del 2020 y finalizará el día 23 de marzo de 2020.
4ª. Ámbito geográfico.-
La promoción será aplicable en la provincia de Málaga.
5ª. Ámbito personal.-
Sólo podrán participar en la promoción aquellas personas mayores de edad que tengan su residencia en España y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases.
Quedan excluidos los empleados de SANTA CRISTINA, así como cualquier persona relacionada profesionalmente con esta promoción.
6ª. Premios.-
Se entregarán los siguientes premios denominados “ABONOS SEMANA SANTA”: 30 abonos dobles (2 sillas) para ver el recorrido oficial de la Semana Santa de Málaga de 2020 durante toda la semana. Los abonos son válidos desde el 5 de abril de 2020 al 12 de abril de 2020 y en ellos se especificarán las asignaciones de los asientos. Los ganadores podrán disfrutar de los asientos, con un acompañante, durante toda la semana. El premiado no podrá vender, revender, subastar o realizar en general cualquier tipo de acto que implique la comercialización del abono.
7ª. Determinación de los ganadores. -
La determinación de los ganadores se realizará mediante sorteo ante notario entre el 24 y 27 de marzo del 2020.
Tras adjudicar aleatoriamente a los treinta ganadores de los abonos, se designarán asimismo treinta reservas, para el caso de que cualquiera de los premiados no cumpliera los requisitos exigidos en estas bases para la obtención del premio, no se pudiera contactar con ellos dentro de las 48 horas siguientes del primer intento de comunicación, o bien renunciara al mismo. El orden de sustitución de los reservas será el mismo en el que estos fueron designados.
SANTA CRISTINA contactará vía telefónica con cada ganador durante los siguientes días a la celebración del sorteo para poder gestionar la entrega del premio, en caso de resultar desconocido o de no haber sido posible contactar con el mismo dentro de las 48 horas siguientes al primer intento de comunicación con el agraciado por causas ajenas a SANTA CRISTINA, o se detectara cierta anomalía, o bien si éste hubiera manifestado su voluntad clara e inequívoca de renunciar al premio, el premio pasará al reserva correspondiente.
SANTA CRISTINA se reserva el derecho de que los premios queden desiertos, en el caso que los participantes agraciados o los reservas no cumplan los requisitos citados en estas bases o renuncien a los mismos.
La promoción está limitada a un premio por persona.
8ª. Requisitos para participar en el sorteo.-
Podrán participar los consumidores que, cumpliendo las condiciones de ámbito personal, hayan adquirido un mínimo de tres de los productos participantes en esta promoción definidos en el apartado segundo de las presentes Bases Legales.
Cada compra de tres productos dará derecho a una participación para el sorteo de los abonos dobles.
9ª. Participación en el sorteo.-
Los consumidores podrán participar mediante una de las siguientes vías:
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9.1.) Por correo
Enviando una carta a “ABONOS SEMANA SANTA”, apartado de correos 20004, 29080 (Málaga) adjuntando como prueba de compra las envueltas de tres de los productos definidos en el apartado segundo.
Además, el consumidor deberá conservar el ticket original de los productos con los que participa y, en caso de creerlo necesario, una fotocopia del ticket con tal de evitar la ilegibilidad del mismo. No obstante, SANTA CRISTINA se reserva el derecho de aceptar dicha fotocopia cómo prueba de compra adicional válida.
Los participantes acompañarán con las envueltas, un texto en el que harán constar su nombre, apellidos, NIF/NIE, fecha de nacimiento, dirección, teléfono móvil y/o fijo.
Cada carta enviada por el participante deberá contener el número de justificantes exactos para obtener una participación, es decir, que deberá enviar como máximo por sobre tres envueltas.
En la participación por correo, SANTA CRISTINA declina cualquier responsabilidad por las posibles pérdidas, deterioros, robos o cualquier otra circunstancia imputable a Correos que pueda afectar al envío de las cartas.
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9.2.) Web
El participante deberá acceder a la página web www.cafes-santacristina.com y registrarse cumplimentando un formulario con sus datos personales: nombre, apellidos, NIF/NIE, sexo, fecha de nacimiento, e-mail, contraseña, teléfono móvil y/o fijo, dirección actual, código postal, población y provincia. En el caso de ya estar registrado, solo será necesario identificarse.
En el caso de que durante el proceso de registro se detecte que el participante no cumple con alguno de los requisitos de la promoción, aparecerá un mensaje indicándole que no puede participar en la misma y no se conservará su registro.
Una vez registrado o identificado, deberá seleccionar los códigos de barras de los 3 paquetes con los que participa e introducir los datos del ticket o los tickets de compra en los cuales figure la compra de dichos productos (Número del ticket de compra, establecimiento, fecha y hora).
Solo se admitirán seis códigos de barras iguales por un mismo ticket de compra, por lo que no se admitirán más de seis códigos de barras que repitan número de ticket, fecha y hora del ticket y establecimiento.
El participante deberá conservar los tickets de compra originales con los que haya participado ya que, para poder recibir los premios, SANTA CRISTINA podrá requerir el ticket de compra de los productos con los que hubiera resultado agraciado, debiendo dicho/s ticket/s ser de fecha y hora anterior al momento de participación y coincidir con los datos indicados en el formulario. En caso contrario el participante perderá todo derecho sobre el premio que le haya correspondido.
El participante, en caso de creerlo oportuno, podrá fotocopiar el ticket o los tickets de compra con tal de evitar la ilegibilidad del ticket de compra original. No obstante, SANTA CRISTINA se reserva el derecho de aceptar dichas fotocopias cómo pruebas de compras adicionales válidas. Si en el momento de presentar los tickets de compra son ilegibles, el participante perderá todo derecho sobre el premio que le haya correspondido.
En la participación a través de Internet, SANTA CRISTINA declina cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad, de continuidad del funcionamiento y/o fallos en el acceso a las distintas páginas y envíos de respuestas de participación a través de Internet.
Es imprescindible que los participantes aporten los datos personales necesarios y reales para acceder a la promoción. La falsedad o la falta de alguno de los datos obligatorios motivarán la exclusión de dicho participante de la promoción.
Solo se aceptarán las cartas o participaciones en la web recibidas hasta el 23 de marzo de 2020.
10ª. Entrega de premios.-
SANTA CRISTINA contactará vía telefónica con los ganadores para poder gestionar la entrega de los premios.
El derecho a percibir los premios caducará el día 12 de abril 2020 (fecha en la que ya ha finalizado la Semana Santa).
11ª. Difusión de la promoción.-
La promoción se dará a conocer a los consumidores a través de los siguientes medios:
- Web de Cafés SANTA CRISTINA: www.cafes-santacristina.com
- www.facebook.com/cafessantacristina
- @CafeStaCristina
- Campaña de medios publicitarios.
- Envoltorios de algunas de las referencias de la marca
12ª. Causas de descalificación de un participante de la promoción.-
Esta promoción se organiza con la pretensión de incentivar y fomentar la participación de todos los consumidores de los productos con las marcas que toman parte de aquella, premiando la fidelidad en condiciones de igualdad y con estricto respeto al principio general de la Buena Fe. Por ese motivo, SANTA CRISTINA excluirá automática e inmediatamente de la misma a cualquier participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz, inadecuada, falaz o impropia, emplee medios desproporcionados, fraudulentos o abusivos, o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos.
En cualquier caso, con carácter enunciativo, pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier participante de la promoción en los siguientes casos:
- Introducción de un código de barras inexistente, falso o alterado o ya utilizado en una participación anterior.
- Envío de una envuelta inexistente, falsa o alterada, o ya utilizada en una participación anterior.
- Introducción de los datos relativos a un ticket de compra inexistente, falso o alterado, o ya utilizado en una participación anterior.
- Falta de correlación entre los códigos de barra y los tickets de compra que justifican su adquisición.
- La no recepción de las envueltas junto con los tickets.
- No disponer, o no entregar a SANTA CRISTINA a su requerimiento el ticket o los tickets de compra originales de los productos con los que se haya participado.
- Empleo de vías, sistemas o dispositivos para alterar el sistema de votaciones, como la compra de votos, o la introducción automatizada de datos o códigos. La mera sospecha de que un participante está utilizando cualquier sistema automatizado para la introducción masiva o repetitiva de los datos o códigos necesarios para participar en la promoción, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
- Comunicación de datos personales inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos. La constatación de que un participante ha indicado datos personales inexactos, alterados o falsos, podrá dar lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones en la promoción, y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
- De igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo de la promoción, que afecte o perjudique a cualquier otro participante, que pueda falsear los datos de participación, comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará derecho a SANTA CRISTINA a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes.
En caso de que cualquiera de las anteriores irregularidades, o cualesquiera otras, se detecten con posterioridad a la entrega efectiva de alguno de los premios, SANTA CRISTINA se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución de los premios.
13ª. Fiscalidad.-
A los premios de la presente promoción, les será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a SANTA CRISTINA la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio (incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido) sea superior a 300 Euros.
En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, SANTA CRISTINA practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta.
El participante ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI o Tarjeta de Residente. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio.
La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.
14ª. Tratamiento de datos personales.-
Los participantes en la promoción consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre y apellidos) puedan ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que SANTA CRISTINA estime más convenientes.
Estos datos serán tratados dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/679, de 27 de abril de 2016, general de protección de datos (“RGPD”) así como a la legislación nacional aplicable en el momento de la promoción.
Los datos personales facilitados por los participantes vía correo postal no se integrarán a ningún fichero con voluntad de permanencia. Dichos datos se tratarán únicamente con la finalidad de gestionar la promoción, realización del sorteo y, en su caso, entrega del premio. Dichos datos serán eliminados posteriormente a la realización del sorteo, mediante destrucción física de los no agraciados, asegurando de este modo la salvaguarda de su privacidad.
A los participantes vía web, en el momento de proceder a la recogida de los datos a través del formulario, se les informará de forma clara, precisa, suficiente y detallada acerca del tratamiento de los datos por parte de SANTA CRISTINA de las finalidades para las que podrán ser destinados dichos datos además de la gestión de la promoción (i.e. publicidad dirigida y marketing directo, compartir su información con buscadores en Internet o proveedores de redes sociales, mostrarle comunicaciones comerciales en sitios web, conocer sus actividades y opiniones y hacerle llegar ofertas y promociones basadas en su ubicación geográfica precisa, etc.), así como de los derechos que tienen los participantes A los participantes vía web, en el momento de proceder a la recogida de los datos a través del formulario, se les informará de forma clara, precisa, suficiente y detallada acerca del tratamiento de los datos por parte de SANTA CRISTINA de las finalidades para las que podrán ser destinados dichos datos además de la gestión de la promoción (i.e. publicidad dirigida y marketing directo, compartir su información con buscadores en Internet o proveedores de redes sociales, mostrarle comunicaciones comerciales en sitios web, conocer sus actividades y opiniones y hacerle llegar ofertas y promociones basadas en su ubicación geográfica precisa, etc.), así como de los derechos que tienen los participantes.
15ª. Aceptación de las bases.-
La participación en la promoción implica la aceptación de las presentes bases por los interesados.